Hay una variedad de leyes que requieren que los documentos
que deben conservarse durante ciertos períodos. La Ley de Sociedades 1993, por
ejemplo, obliga a las empresas a mantener minutos, accionistas y directores
resoluciones y otros documentos durante al menos siete años. Visite el mejor estudio contable en Uruguay http://vll.com.uy/estudio-contable.php.
Las TRANSACCIONES ELECTRÓNICAS Ley de 2002 permite a las
empresas a cumplir con los requisitos de este tipo mediante el escaneo de los
documentos de papel y manteniendo sólo las copias electrónicas. Sin embargo,
pueden hacerlo sólo si:
el formulario electrónico en particular asegura fiable que
la información sigue siendo completo e inalterado (aparte de los cambios
inmateriales), y
la información es fácilmente accesible para que más tarde
puede ser referido
Si usted desea tomar ventaja de estas nuevas disposiciones,
tendrá que considerar si la tecnología en particular que va a utilizar que
cumplen dichas condiciones.
Si la información es en un correo electrónico u otra
comunicación electrónica, también debe mantener la información que identifica a
donde fue enviado desde donde fue enviado a, y cuando fue enviado y recibido.
Requisitos especiales para el almacenamiento de sus
registros de impuestos
Reglamentos especifican que un requisito en la Ley del Impuesto sobre 1,994 u
otros actos de conservar un registro que está inicialmente en papel podrán
cubrirse mediante la retención de una copia electrónica si el registro
fácilmente se puede producir en un formulario en papel que es una imagen
duplicada de propósitos de impuestos el registro en papel originales. No
importa que las anotaciones, referencias indexación u otra información
adicional se incluyen en el formulario electrónico, siempre está claro que son
adiciones y no ocultar la información original.
Sin embargo, si usted recibe un registro en formas tanto en
papel y electrónicos (por ejemplo, un estado de cuenta bancaria), puede cumplir
con un requisito legal para conservar el registro mediante la retención de la
forma electrónica.
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